lunes, 6 de diciembre de 2010

Tapones para dormir y derechos fundamentales


Algunos piensan que como mi "tocayo" Pedro Almodóvar soy una escéntrica de cojones. Nada más lejos de la realidad. Lo que ocurre es que necesito una tranquilidad absoluta para hacer ciertas cosas y unas de ellas es dormir. Tengo el sueño tan sumamente ligero que cualquier cosa me despierta y me genera un "run-run" que hace que ya no mepueda dormir y que esté todo el rato pendiente del despertador y claro, eso un fin de semana no importa, pero entre semana, cuando hay curro...asi que decidí ponerme tapones para dormir. Mi querido amigo Pepelu, ya me dijo que una vez que los probase, era como la droga más dura, no podría dormir sin ellos nunca más y, efectivamente, así ha sido. Hasta tal punto, que el sábado por la mañana el despertador se tiró sonando casi 10 minutos seguido y yo estaba tan profundamente dormida y con mis tapones, que Leo se llevó un buen susto porque no apagaba el ordenador!jajaja!!En algunas ocasiones no sólo me pondría los tapones para dormir...también los llevaría durante el día, sobre todo cuando estoy en el trabajo, pero entonces la comunicación sería nula y en mi profesión, es un lujo que no me puedo permitir.


Leo se ha quitado el collarín. Ahora dice que le pesa la cabeza...la pobre...entre la ausencia del collarín y el myolastan en vena, parece Naty Abascal 24 horas...^^ Pero bueo, poco a poco se encuentra mejor, aunque tiene asumido que hasta el 2011 no volverá a la universidad ni al curro, eso es lo que toca, descansar y recuperarse.


6 de diciembre. Día de la Constitución Española. una aiga ha hecho una buena pregunta en facebook esta mañana: ¿Cuales son tus artículos favoritos de la Constitución?


Pues bien, aquí van los míos:


Artículo 14.- Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, razo, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.


Artículo 15.- todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso,puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.


Artículo 16.1.- Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y de las ocmunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.


Artículo 17.1.- Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad, sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos por la ley.


Artículo 43.1 / 43.2.- Se reconoce el derecho a la protección de la salud. / compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecera los derechos y deberes de todos al respecto.


No me considero ni monárquica ni de derechas, pero creo que gracias al gobierno de la época, con Suarez a la cabeza y al Rey Juan Carlos tenemos una gran Constitución, que espero que se siga cumpliendo durante muchos años y de no ser así, que se modifique.


1 comentario:

  1. Ya, tía, yo me quiero dedicar a lo mío, pero lo tengo crudo ahora mismo para empezar a moverme, así que eso, voy a probar lo que sea para "empezar a despegar"... Si hasta me gustaría poder hacer matrona en algún momento de mi vida, me encanta ser enfermera... :(

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